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Por lo general, cuando los feriados caen en días martes o miércoles, se trasladan al lunes anterior, mientras que aquellos que coinciden con jueves o viernes se trasladan al lunes siguiente. En este caso particular, solo se trasladaría el Día de la Soberanía Nacional.
Enero
- Lunes 1° de enero: Año Nuevo. Feriado inamovible.
Febrero
- Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval. Feriados inamovibles.
Marzo
- Domingo 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible.
- 28 de marzo. Jueves Santo – Festividad cristiana. Día no laborable.
- 29 de marzo. Viernes Santo – Festividad cristiana. Feriado inamovible.
Abril
- Lunes 1° de abril. Feriado con fines turísticos.
- Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible.
Mayo
- Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo. Feriado inamovible.
- Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo. Feriado inamovible.
Junio
- Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes. Feriado trasladable.
- Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano. Feriado inamovible.
- Viernes 21 de junio. Feriado con fines turísticos.
Julio
- Martes 9 de julio: Día de la Independencia. Feriado inamovible.
Agosto
- Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. Feriado trasladable.
Septiembre
Es el único mes en el que no habrá feriados.
Octubre
- Jueves 3 y viernes 4. Año Nuevo Judío.
- Viernes 11 de octubre. Feriado con fines turísticos.
- Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Feriado trasladable.
Noviembre
- Miércoles 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional. Feriado trasladable al lunes 18.
Diciembre
- Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible.
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad. Feriado inamovible.
¿Cuáles serían los fines de semana largos de 2024?
- Del 30 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024: 3 días de descanso.
- Del 10 de febrero al 13 de febrero: 4 días de descanso.
- Del 29 de marzo al 2 de abril: 5 días de descanso (6 para quienes no trabajen el 28)
- Del 15 de junio al 17 de junio: 3 días de descanso.
- Del 20 de junio al 23 de junio: 4 días de descanso.
- Del 11 de octubre al 13 de octubre: 3 días de descanso.
- Del 16 de noviembre al 18 de noviembre: 3 días de descanso.
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