La Provincia de Buenos Aires dio un avance histórico al habilitar la generación distribuida comunitaria, permitiendo que vecinos, pymes o consorcios se asocien para producir energía renovable y vender los excedentes a la red.
La medida quedó oficializada mediante la Resolución 17/2026, publicada en el Boletín Oficial, y constituye el primer marco normativo provincial que regula este tipo de proyectos colectivos.
El nuevo reglamento
La resolución aprueba el Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria, que establece condiciones técnicas, jurídicas, económicas, contractuales y tarifarias para proyectos compartidos. Según el artículo 1°, el esquema se orienta al:
- Autoconsumo de la energía renovable generada.
- Inyección de excedentes a la red pública de distribución.
- Acreditación económica de esos excedentes en las facturas de los usuarios participantes.
De lo individual a lo colectivo
Hasta ahora, el régimen bonaerense estaba pensado casi exclusivamente para usuarios individuales (hogares, comercios o pymes con paneles solares). Los proyectos colectivos carecían de un encuadre legal claro, lo que generaba trabas administrativas o directamente los dejaba fuera del sistema.
Con la nueva normativa, dos o más usuarios con suministros eléctricos independientes —o incluso un mismo titular con más de un medidor— pueden asociarse para producir energía renovable.
El sistema debe tener una potencia mayor a 10 kW y puede instalarse en un suministro existente o en uno nuevo, siempre dentro del área de concesión de una misma distribuidora provincial o municipal.

Cómo funciona la acreditación
La energía generada se destina primero al autoconsumo. Los excedentes se inyectan a la red y su valor económico se acredita en las facturas de los usuarios que integran el proyecto comunitario, de acuerdo con el porcentaje de participación definido previamente.
La resolución es explícita: uno de los objetivos centrales es garantizar que los montos en dinero provenientes de la inyección se distribuyan entre todos los integrantes de la asociación.
Registro y beneficios fiscales
Para operar dentro del régimen, los usuarios-generadores comunitarios deben inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER), administrado por el Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA).
El certificado emitido por el RUGER habilita el acceso a beneficios impositivos y fiscales establecidos por la Ley 15.325. Además, el registro comunicará mensualmente a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) las altas, modificaciones y bajas, para aplicar las exenciones correspondientes.
Impacto esperado
La habilitación de la generación distribuida comunitaria abre la puerta a:
- Mayor participación ciudadana en la transición energética.
- Reducción de costos mediante inversiones compartidas.
- Impulso a la energía renovable en barrios, consorcios y pymes.
- Fortalecimiento de la seguridad energética provincial.
La Resolución 17/2026 marca un antes y un después en la política energética bonaerense. Al permitir que vecinos y empresas se asocien para generar energía renovable y compartir beneficios, la provincia se alinea con las tendencias globales de energía distribuida, sostenibilidad y participación comunitaria.







