Una jueza frenó por 60 días la imputabilidad a los 14 años en la provincia de Buenos Aires por déficit edilicio

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En una medida cautelar de fuerte repercusión institucional y judicial, la Justicia penal juvenil de Lomas de Zamora dispuso suspender por un plazo de 60 días la aplicación de la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años en el territorio de la provincia de Buenos Aires. La resolución, firmada por la jueza Marta Pascual, alude a la falta de infraestructura edilicia y de recursos humanos aptos para albergar a los adolescentes que resultarían alcanzados por el nuevo marco normativo.

El fallo responde favorablemente a la interposición de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por defensores oficiales y organizaciones del sector. En sus fundamentos, la magistrada subrayó que la puesta en marcha de la Ley 27.801 en las condiciones actuales de las alcaldías y centros sociocomunitarios bonaerenses implicaría someter a los jóvenes de entre 14 y 15 años a situaciones de superpoblación y hacinamiento, violando estándares internacionales de protección de los derechos de la infancia.
Para sostener el freno temporal de la normativa, el fallo recurrió a tratados internacionales con jerarquía constitucional en la Argentina, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño, la Observación General N° 24 del Comité de los Derechos del Niño y las denominadas Reglas de La Habana y de Beijing. Según el criterio de la jueza, el encierro de menores en dependencias no acondicionadas de manera específica termina exacerbando los índices de violencia e inseguridad, en lugar de cumplir con el mandato de reinserción y responsabilidad pedagógica que exige la ley.

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La suspensión por dos meses impone una pausa operativa que fuerza una instancia de coordinación urgente entre las autoridades del Poder Ejecutivo nacional, la gestión provincial y los juzgados de minoridad. Durante este paréntesis, el sistema penal juvenil bonaerense deberá acreditar la adecuación de sus centros de contención y definir los protocolos de traslado antes de hacer efectiva la aprehensión y el juzgamiento de adolescentes a partir de los 14 años. Dio lugar a un hábeas corpus colectivo que frena temporalmente la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil ante el riesgo de hacinamiento e infracción a las garantías constitucionales.
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