El Registro de Deudores Alimentarios de la Provincia de Salta ya supera las 2.000 personas inscriptas. Según informó la secretaria de Derechos Humanos de la Corte de Justicia de Salta, Blanca Ferri, a principios de año la nómina contaba con unos 1.680 deudores y actualmente alcanza los 2.080. El incremento ronda las 400 personas en pocos meses.
«Ha habido un crecimiento bastante interesante en estos meses que han transcurrido de la nómina de los deudores», señaló Ferri.
Al mismo tiempo, las bajas son escasas: se registra un promedio de una o dos por mes y, como máximo, se han producido cuatro bajas mensuales.
Las salidas del registro pueden producirse cuando la persona alimentada alcanza la mayoría de edad, cuando las partes llegan a un nuevo acuerdo o cuando se saldan las deudas que habían generado la inscripción del obligado al pago. La inscripción en el Registro constituye una instancia a la que se llega luego de atravesar otras etapas dentro de un reclamo por alimentos. Según explicó Ferri, antes de llegar a esa situación se agotan instancias conciliatorias, de mediación, judiciales, intimaciones y apercibimientos.
La finalidad del Registro no es castigar al deudor sino funcionar como una herramienta disuasiva. «No es castigar a la persona sino disuadirla», expresó Ferri, con el objetivo de que asuma la responsabilidad de cumplir con la cuota u ofrecer una solución.
Para establecer una cuota alimentaria, los jueces tienen en cuenta en primer lugar las necesidades de la persona que recibe los alimentos. Entre las variables consideradas están la edad, alimentación, vestimenta, vivienda, salud y, cuando corresponde, situaciones de discapacidad. También se contempla si se trata de un bebé, un niño, un adolescente o una persona mayor de edad que continúa sus estudios terciarios, universitarios o superiores. A su vez, se tiene en cuenta el nivel de vida que tenía el grupo familiar durante la convivencia y las posibilidades económicas de quien debe afrontar la cuota.
En términos generales, cuando se trata de uno o dos hijos, la cuota alimentaria definitiva puede oscilar entre el 20%, 25% y 30%. Cuando se trata de más de dos hijos, el porcentaje puede incrementarse y llegar al 30%, 40% o 50%, siempre que no exista un acuerdo entre las partes.
Ferri aclaró que no se trata de porcentajes automáticos, ya que las partes también pueden acordar montos fijos o porcentuales.
Cuando existe un empleo registrado, los ingresos pueden determinarse con mayor precisión y sobre ellos pueden aplicarse medidas como embargos. En cambio, cuando la persona trabaja de manera informal, la situación se vuelve más compleja al no poder contar con información concreta y precisa para un embargo. En esos casos, la inscripción en el Registro adquiere especial relevancia como herramienta disuasiva.
Además de las restricciones establecidas por la ley, los jueces pueden disponer otras medidas para procurar el cumplimiento de la obligación, como prohibir que la persona pueda acceder a las billeteras virtuales y trabar embargo sobre eso, impedir que emita escrituras públicas o registre algún tipo de derecho real y, en determinados casos, disponer la prohibición de salir del país.
Otra situación que suele aparecer en los procesos de alimentos son los llamados pagos en especie. Puede ocurrir que el deudor ofrezca pagar determinados gastos, como actividades extracurriculares, la cuota escolar, el club, ropa o mercadería. También se observan regímenes de comunicación quincenales o de dos fines de semana mensuales.
Quienes figuran en el Registro de Deudores Alimentarios de Salta pueden ser impedidos de ingresar a partidos de fútbol. El control se realiza mediante Tribuna Segura y está vigente en Salta hace más de un año.
Ferri explicó que estos planteos deben analizarse dentro de cada proceso judicial y que no significan automáticamente que la persona quede liberada de pagar la cuota establecida. Cuando se encuentra acreditado que el obligado no cuenta con medios suficientes, un juez puede considerar los aportes en especie o las propuestas realizadas, mientras que en otros casos pueden ser rechazados si se considera que se intenta utilizar esos gastos para evadir la obligación principal.
La mediación y los acuerdos entre las partes constituyen herramientas que se buscan priorizar en los procesos de familia. Sin embargo, llegar a un acuerdo no garantiza necesariamente que la obligación se mantenga en el tiempo.
Señaló que se han observado casos en los que una persona es dada de baja del Registro y, tiempo después, vuelve a recibirse una orden judicial para inscribirla nuevamente. Esa situación permite advertir que el acuerdo alcanzado anteriormente pudo haber sido incumplido.
Entre las circunstancias que los deudores suelen invocar aparecen la pérdida del trabajo, cambios en la situación económica o demoras en los pagos. También pueden producirse incumplimientos vinculados con conflictos entre los adultos.
Partidos
En la provincia de Salta y sobre todo, en la ciudad, donde se realizan más eventos deportivos, la Policía ya controla el ingreso a los partidos de fútbol de los fines de semana a las personas que figuran como deudores alimentarios.
El mecanismo se articula a través del programa Tribuna Segura, del Ministerio de Seguridad de la Nación. El Poder Judicial de Salta proporciona periódicamente la información de su Registro a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la que mantiene un convenio desde hace años. Esa información es transmitida al programa Tribuna Segura y posteriormente incorporada a los controles que se realizan en las distintas provincias.
De esta manera, una persona que concurra a una cancha puede ser identificada durante un control y, si figura en el Registro de Deudores Alimentarios de Salta, se le puede impedir el ingreso. Ferri destacó que esta medida se encuentra contemplada por la Ley Provincial y está vigente desde hace más de un año.
Mediación
«En el fuero de familia tenemos presente este principio de solidaridad familiar, lo que se busca siempre en estos procesos justamente es la conciliación, el acuerdo de partes, pese a que ya han llegado a la instancia judicial», señaló Ferri. Y puso el foco en los involucrados en esas decisiones, especialmente niños, personas en situación de vulnerabilidad o con discapacidad. «Se afectan realmente ellos», advirtió, al señalar que al perjuicio emocional que puede generar la desintegración familiar se suma tener que atravesar el proceso judicial que también es un perjuicio económico.
«Esa persona vulnerable, ya sea porque es un menor de edad o porque es una persona que ya es más grande, está sufriendo o ha sufrido esta desintegración familiar, además está sufriendo esto económico y es como volver a revictimizarlo en un problema de la falta de acuerdo entre los adultos», concluyó.







